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GANANCIAS. Fue promulgada su modificación, se incorpora un nuevo Impuesto Cedular

El Poder Ejecutivo Nacional, promulgó mediante el Decreto 508/2023, la Ley 27.725 que introduce importantes modificaciones relacionadas con las Rentas del Trabajo Personal en Relación de Dependencia, Jubilados, Pensionados y otros.

De esta forma, la llamada Cuarta Categoría, ve modificada la forma en que se dará tratamiento a las rentas provenientes del trabajo personal.

En primer término, la norma presenta una serie de modificaciones al texto legal en función de la adaptación a la existencia del nuevo Impuesto Cedular.

En segundo término, se incorpora a la Ley del Impuesto a las Ganancias un nuevo Capítulo denominado “Impuesto Cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”, el cual será de aplicación para quienes obtengan remuneraciones que superen 180 Salarios Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) anuales.  Cabe aclarar que, la determinación del Impuesto mantendrá su esquema de liquidación vigente antes de la promulgación de la norma para quienes no se encuentren alcanzados.

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AFIP. Nuevo Plan de Facilidades de Pago y Suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal

A través de la Resolución General 5325/2023, la AFIP formula un nuevo Plan de Facilidades de Pago y suspende el inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares.

Las deudas que podrán ser financiadas son obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas vencidas hasta el 31/12/2023, inclusive.

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SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL. Se fijaron los valores para el octubre, noviembre y diciembre aplicables al piso del Impuesto a las Ganancias

El Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil, estableció, a través de la Resolución CNEPySMVyM 15/2023 los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, aplicables para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023.

Los valores establecidos son los siguientes:

Octubre $ 132.000
Noviembre $ 146.000
Diciembre $ 156.000

Al fijarse los valores para el próximo trimestre, esto determina el piso no sujeto a retención en el Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia y jubilados en $ 1.980.000.